Blogia
Pensamiento Masonico

Historia Y Cartas Patentes

Por: Tomás Vásquez Ospina MM:.

Un Masón Solo Puede Ser “Hecho” Por Otro Masón.

Divido esta carta en varios apartes debido a su extensión

Sección Histórica
Disquisición sobre Patente, Dispensa, y Otros


Sección Histórica

“18 años después, luego de un detenido examen. el Supremo Consejo Neogranadino fue reconocido por el Gran Oriente de Francia y el 14 de Agosto de 1.851 le expidió Carta Patente, así como convalidó y legitimó todos los actos realizados por esa institución desde su nacimiento”2 (acaecido el 19 de Junio de 1833 en Cartagena)

Nuestro desconocimiento de las leyes y de la historia, así como traducciones incorrectas combinado con cierto tropicalismo ha propiciado muchos atropellos en nombre de la Masonería. Muchos HH han sido expulsados y Logias enteras han sido borradas de la faz de la tierra sin Juicio y sin el debido proceso, en nombre de una disciplina rayana con un caudillismo muy típico nuestro. Muchos errores y vicios profanos se han prolongado a la Masonería.

La Masonería proclama como sus principios, entre otros, el ecumenismo, la libertad, la igualdad, la fraternidad, la caridad, la benevolencia. La Masonería históricamente ha sido Democrática y eminentemente Humanista. Era (es) el lugar donde HH de diferentes y muy disímiles credos o creencias políticas podían (pueden) reunirse sin temor a intercambiar ideas y conceptos.

En nuestro medio, debido a la falta de conocimientos, a nuestras guerras políticas y de independencia, a personas con un ego desmesurado, tanto como a los enfrentamientos a los abusos de la Iglesia Católica y debido también a nuestras costumbres sociales donde ciertos grupos elitistas dominaban a los demás; es decir a nuestras particulares condiciones de nuestro medio y época, se desarrolló una Masonería con organización y mentalidad militar donde los poderosos miraban por encima del hombro a los menos afortunados de “grados inferiores” . Esto, en gran medida, es influencia Francesa del Escocismo y su organización, ya que fue el Escocismo quien introdujo la Masonería a muchos de nuestros países. Pero “El Paladismo” no existe en la Masonería y fue un concepto vencido por la historia. Cito:

La unidad en la práctica de las ceremonias de los Supremos Consejos era, de esta forma, evidente: se trataba de una Orden sometida a una jerarquía y a reglas inmutables, dirigida autocráticamente en cada país, donde el Escocismo se introdujo a través de un Supremo Consejo del Grado 33, creado a perpetuidad, compuesto de un mínimo de nueve miembros, unidos por su dirección colegial a través del texto de las Grandes Constituciones.3

Nunca debemos olvidar que la Masonería Azul (los tres primeros grados) o Especulativa no se adjudica religión, es eminentemente Ecuménica y Democrática,  y habla en sus comienzos de una “De-Cristianización” de la Masonería, donde ningún libro sagrado se encontraba en el Ara, y antecede todos los nuevos Ritos por muchos años, y es solamente mucho después del año de 1736 (se atribuye los orígenes del Rito Escocés al discurso del Señor caballero Andrew M Ramsay pronunciado en la logia de San Juan el 26 de Dic.1736 en Francia, del cual entre otras cosas hay dos versiones) cuando se crea el Rito Escocés modelado en la Caballería militar y en un retorno al cristianismo. Se habla incluso de la “Gran Logia de los Antiguos” o de Dermott que al unirse a la “Gran Logia de Inglaterra o de los “Modernos”” en 1813 formando la “Gran Logia Unida de Inglaterra” continúa promoviendo la “cristianización” de la Masonería y nos encontramos con nuevos grados con sentido cristiano. No debemos olvidar que la creación del “4º Grado o Arco Real” fue obra de los Irlandeses en la “Gran Logia de los Antiguos”4 y adoptada mas tarde por la Gran Logia de Inglaterra dando pie a que otros Orientes o Grandes Logias comenzaran a crear Grados y Ritos sin parar.

La Gran Logia de Inglaterra (1717, “Los Modernos”, Premier Grand Lodge), tanto como La Gran Logia de los Antiguos o Gran Logia Atholl de Inglaterra o de Dermott (1751) como es conocida, no tenían Patente en el momento de su creación, pero como todas las Logias Antiguas “de Tiempo Inmemorial” (anteriores a 1717) que tampoco tenían Patentes si tenían permisos pedidos a el “sheriff” o magistrado principal del lugar donde trabajara la  Logia5. Es por esto que vemos que uno de los afanes principales de las dos Grandes Logias principales de Inglaterra del período es buscar desesperadamente el apoyo y patronazgo de la Nobleza como respaldo de legalidad e institucionalidad. La Logia de Inglaterra consigue ese patronazgo desde 1721 cuando nombra a John 2º Duque de Montagu como Gran Maestro e ininterrumpidamente hasta el día de hoy cuando ha sido regida por miembros de la Nobleza Británica. La Logia de los Antiguos o Atholl inicialmente había sido regida por un Gran Comité y Robert Turner, consigue ese patronazgo ha partir de 1754 cuando nombra Gran Maestro al Hon. Edward Vaughan (en cuya Gran Maestría se hizo el “Ahiman Rezon” o sea sus Constituciones, y la debida legalización de ellos) y continúa con William 1st Earl of Blesington (a quien se le dedica el “Ahiman Rezon”), y así continuaron con la Nobleza hasta su eventual unión con La Gran Logia de Inglaterra (Premier Grand Lodge) en 1813, la cual también ha sido regida por Nobles hasta el día de hoy.

Como podemos ver tanto las antiguas Logias “de Tiempo Inmemorial” como las recién establecidas Grandes Logias (1717 y 1751) buscaban su legalización mediante la consecución o permiso de la autoridad debidamente establecida: “Mi señor, SEGUN Mandato de su Gracia el DUQUE de WHARTON” son las palabras iniciales de Las Constituciones de 1723. Ver foto de la página mencionada a la izquierda.

Este concepto se aplica a todas las Grandes Logias tanto la de Irlanda (cuyo Gran Maestro en 1738 era William 1st Earl of Blesington quien ya ha sido mencionado arriba con relación a la Gran Logia de los Antiguos) como la de Escocia y demás

Esto se puede seguir en la Historia hasta las Antiguas Constituciones de York de 926, como su nombre lo revela, y aquí entramos en la LEY ESCRITA.

La Ley se puede dividir en dos grandes rasgos: La Ley no escrita y La Ley Escrita.

La Ley no escrita comprende los Landmarks, que no son otra cosa que los Usos y Costumbres, y una forma de defenderse las cuatro Logias fundadoras de las otras Logias que ya eran muy numerosas (en 1723 las 4 Logias fundadoras ya eran minoría).

Ni siquiera “La Gran Logia Unida de Inglaterra” (U.G.L.E.) reconoce ni tiene Landmarks.

La Ley Escrita comprende a:

I-LAS ANTIGUAS CONSTITUCIONES DE YORK DE 926
Il-LAS CONSTITUCIONES DE EDUARDO III
Ill-REGLAMENTOS DE 1663
IV-LOS ANTIGUOS DEBERES DE INSTALACION
V-LOS ANTIGUOS DEBERES AL HACER (FORMAR)
VI-LOS REGLAMENTOS DE 1703
VII-LOS REGLAMENTOS DE 1717

Aquí en los reglamentos de 1717 encontramos traducido lo siguiente:


Preston nos informa que, en el día de San Juan Bautista 1717, en el establecimiento de la Gran Logia de Inglaterra por las cuatro Logias en Londres, el siguiente Reglamento fue adoptado:

“Que el privilegio de reuniones como Masones, el cual había sido ilimitado hasta ahora, deberá ser investido en ciertas Logias o reuniones de Masones, convocados en ciertos lugares; y que toda Logia que ha ser de ahora en adelante convocada, exceptuando las cuatro antiguas Logias en este momento en existencia, deberán ser legalmente autorizadas para actuar por el momento mediante una Patente del Gran Maestro, concedida a ciertos individuos mediante petición, con el consentimiento y aprobación de la Gran Logia en comunicación; y que sin tal Patente, ninguna Logia será tenida de ahora en adelante como regular7 o constitucional.8”

Y continúa la LEY ESCRITA  en la siguiente manera:

VIII-EL REGLAMENTO DE 1720
IX-LOS DEBERES APROBADOS EN 1722
X-LOS REGLAMENTOS GENERALES DE 1721 (Aparentemente reformados e incluidos en las Constituciones de 1723)

Y aquí en los Reglamentos Generales, que son 39 artículos originales de George Payne. (Es donde se menciona por primera vez la palabra “Landmark” en el artículo 39) de 1721, encontramos lo siguiente ya traducido:

VIII. Ningún grupo de hermanos podrá separarse de su Logia madre o de la en que después fueron admitidos, a menos que la Logia sea ya muy numerosa, y aun en este caso se necesitara el permiso del Gran Maestre o de su Diputado. Y si se separan habrán de afiliarse inmediatamente a otra Logia regular que por unanimidad los admita, o han de obtener del Gran Maestre carta constitutiva para formar una nueva Logia. Si algún grupo de hermanos formara una Logia sin la carta constitutiva expedida por el Gran Maestre, las Logias regulares no los ayudaran ni los consideraran como masones regulares ni aprobaran sus actas ni hechos, sino que los tratarán como rebeldes, hasta que se humillen según disponga la prudencia del Gran Maestre y los apruebe en su carta constitutiva, que comunicara a las otras Logias, como se acostumbra cuando se anota una nueva Logia en el registro general de Logias. 9

Como podemos ver la Ley es muy clara. Históricamente hablando siempre se ha solicitado el permiso bien sea de la autoridad civil antes de 1717, o de la autoridad Masónica a partir de 1717 o 1723. El que no se haya hecho no exime el hacerlo. El desconocimiento de la ley no exonera su cumplimiento. Nunca es tarde. El Orden y la Armonía son conceptos Masónicos.

En mi percepción el desconocimiento en nuestro medio de George Payne y sus Reglamentos Generales (1720), que anteceden a las Constituciones de 1723, ha sido causa de muchos dolores de cabeza para el atento devenir de nuestra Institución.


Disquisición sobre Patente, Dispensa y Otros.


Aquí es conveniente hacer una breve disquisición en cuanto al significado de Patente, Dispensa y otros conceptos, que en su mayoría son palabras de Albert Mackey, de William Preston, o de Oliver y otros distinguidos escritores Masónicos:

Poder de Constitución, Patente, Carta Patente, Carta Constitutiva, Patente de Constitución, Patente Constitutiva. Son diferentes nombres para un mismo elemento, que describe un documento donde se le otorga derechos a unos Hermanos para constituir, fundar, formar o crear una Logia. En inglés se le llama “Charter”, “Warrant” o “Warrant of  Contitution”

En Inglaterra la Patente la otorga el Gran Maestro, en los Estados Unidos el Gran Maestro otorga solamente una Dispensa para reunir una Logia la cual será confirmada o revocada por la Gran Logia; y en caso de confirmación entonces se emitirá la Patente. Este es el mismo caso en nuestro país, como en la mayoría de América Latina.

La Dispensa puede ser revocada en cualquier momento por el Gran Maestro sin derecho a apelación ya que es un acto de gracia o buena voluntad del Gran Maestro el concederla, adicionalmente la Dispensa otorga un nombre.

La Patente otorga un número a la Logia y solo puede ser revocada en dos formas:

Primera, por la Gran Logia que la concedió, después de un debido proceso Masónico legal y su debida votación.

Segunda, devuelta voluntariamente por una mayoría de miembros de la Logia, y mediante una comunicación especial para ese propósito Se dice inclusive que el Venerable Maestro de la Logia debe estar de acuerdo con la devolución, ya que si no lo hace, siendo el custodio del instrumento, no se le puede quitar, excepto mediante un juicio y condena de ofensa competente ante la Gran Logia.

La Patente se concede al Venerable y los Vigilantes, y a sus sucesores en el puesto.

La Patente continúa vigente mientras así lo quiera la Gran Logia, y puede por lo tanto, ser revocada en cualquier momento por la Gran Logia. La Logia puede ser disuelta por la Gran Logia mediante debido proceso Masónico y votación. Por eso la palabra Patente en este sentido se toma como un permiso, no en el sentido de un documento permanente incorporando esa autorización. Es más, la Carta Patente puede ser “temporalmente arrestada”, o “temporalmente suspendida” por un edicto del Gran Maestro. El Gran Maestro no tiene la potestad de revocar la Patente de una Logia, pero si en su opinión hay peligro para la Masonería o cualquier otra razón suficiente, puede suspender la operación de la Patente hasta la próxima reunión de Gran Logia. Esa suspensión también puede apelarse a la Gran Logia quien es el único cuerpo que puede revisar o confirmar la acción.

La suspensión temporal es algo que se comprende fácilmente. El “arresto temporal” se explica ya que la Logia se reúne solamente por la autoridad de esta Patente, ninguna Logia puede abrir o llevar a cabo sus deberes, a menos que la Patente esté presente. Si se pierde o se destruye, tiene que ser recuperada o se debe obtener otra; y hasta que esto no se haga, las reuniones de la Logia deben suspenderse; y si la Patente se saca del templo de la Logia durante las sesiones, la autoridad del Venerable Maestro cesa instantáneamente. Por lo tanto esta carta se puede “retener” y al hacerse esto la Logia no puede reunirse y el Venerable Maestro pierde su autoridad. Pero esto no quiere decir que el Gran Maestro pueda exigir la devolución de la Patente para su custodia, ya que la Logia recibió esta Patente de la Gran Logia quien es la única que puede solicitar su devolución11.

Así las cosas deberíamos dejar a un lado los términos injuriosos y buscar la unión, en general ha existido un choque de personalidades y un desconocimiento de la ley Masónica. La Masonería no puede quedar petrificada en los años de 1717 o anteriores. La Masonería ha creído que ya no existen nuevas causas por las cuales luchar, que ya hemos derrotado la ignorancia, el fanatismo, la superstición, el oscurantismo, la hipocresía. La discriminación contra la mujer y los lisiados son aberrantes bajo cualquier punto de vista. La humanidad ha evolucionado, por la misma razón nosotros como Masones y segmento de la sociedad civil debemos evolucionar y mejorar con los nuevos conceptos. La mujer anteriormente no tenía libre potestad, en muchas partes se consideraba propiedad del marido, no podía firmar legalmente y el marido tenía que hacerlo por ella, no podía recibir herencia, no tenía derecho al voto. Nuestras madres, hermanas, e hijas han evolucionado en forma dramática y las Constituciones de los países donde vivimos les han reconocido finalmente el estatus de igualdad que se merecen. Hasta cuando vamos a persistir en creencias antiguas sobre leyes Operativas como de los cojos y mancos? y olvidarnos de las ideas centrales de la Masonería como son la Hermandad, la Compasión, la Bondad, la Igualdad, la Libertad, el Ecumenismo. Un lugar donde judíos, mahometanos, cristianos, ortodoxos, liberales, conservadores, del Polo, de la U, Chabistas, Uribistas, hombres, mujeres, etc., nos podamos reunir en paz a meditar, intercambiar ideas, aprender, avanzar. “Unidos hacia el futuro” debería ser un lema nuestro.


Fraternalmente,

S:.F:.U:.


Tomás Vásquez Ospina M:.M:.

1 comentario

ALBERTO RÍOS GARCÍA -

El excelente trabajo por usted realizado me da la oportunudad , que le agradezco, de opinar al respecto, de la siguiente manera :

Difiero acerca de que la masoneria es democratica , pues desde luego que existen diversos grados, como en la cosa militar; las determinaciones se toman en los grados superiores o por el gran maestro y simplemente se transmiten para su acatamiento .

La masoneria no es democratica al 100% sino que es JERARQUICA.

Por otra parte coincido plenamente en que debemos arrojar a un pozo sin fondo todas esas alabrejas y conceptos injuriosos que en lugar de servir para unir a los masones , sirven para separarlos y enemistarlos ; arrojarlos alli donde deben estar todos los vicios .

Lo felicito por su trabajo documentado , agrego que nada deberia impedir, limitar , ni condicionar ,que unos hombres libres y de buenas costumbres se reunieran para crear una logia o cuerpo masonico y en ejercicio y practica de su LIBERTAD practicaran la masoneria .

El hecho de tener que sujetarnos obligatoriamente a condiciones establecidas mediante un telefono descompuesto desde hace mas de 1000 años, coarta ese derecho inherente al hombre por el solo hecho de nacer : LIBERTAD.

ALBERTO RÍOS GARCÍA